martes, 17 de septiembre de 2013

QUIERO SER DOCENTE

Concursos de méritos y oposición

La carrera educativa incluye a los profesionales de la educación en cualquiera de sus funciones, además formarán parte los docentes que tengan nombramientos y los que laboren bajo cualquier forma y modalidad en los establecimientos públicos y fiscomisionales.
Las vacantes de docentes se llenan mediante concursos de méritos y oposición en las que participan aspirantes para ingresar a la carrera educativa pública y los docentes a los que les corresponda hacerlo por solicitud de traslado del lugar de trabajo.
Las vacantes serán cubiertas por los candidatos elegibles aspirantes al ingreso al Magisterio Fiscal y por traslados.
Objetivo principal
Mejorar la calidad de la educación en las instituciones fiscales, y regularizar la relación laboral de los docentes por contrato.
Características Primordiales
  • Transparencia: es un proceso automatizado,
  • Ágil y dinámico: los resultados se publican en forma permanente.
  • La pertinencia: las vacantes declaradas por la institución educativa son validadas en campo y aprobadas por las instancias desconcentradas del MINEDUC; y,
  • La desconcentración: las Subsecretarías y Coordinaciones Zonales son responsables de la convocatoria, para asegurar mayor agilidad y pertinencia con las necesidades en territorio.
Requisitos para ingresar a la carrera educativa
  • Ser ciudadano ecuatoriano o extranjero legalmente residente en la República del Ecuador y estar en goce de los derechos de ciudadanía,
  • Tener título relacionado,
  • Constar en el registro de candidatos elegibles,
  • Participar y ganar en los correspondientes concursos de méritos y oposición para llenar las vacantes del sistema fiscal; y,
  • En el caso de la educación intercultural bilingüe, el o la docente debe acreditar el dominio de un idioma ancestral.
Se prohíbe el ingreso o reingreso a la carrera educativa pública por las siguientes causas:
  • Estar comprendido en algunas de las causales de prohibición o inhabilidades para ejercer cargos públicos establecidos en la normativa correspondiente,
  • Tener sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal,
  • Haber sido cesado en sus funciones dentro de la carrera educativa por destitución; y,
  • Haberse jubilado por edad y años de servicio, de conformidad a la Ley.